El siguiente es un artículo invitado de Matthew Niemerg, cofundador de Aleph Zero.
El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito dictó ayer un fallo histórico que podría remodelar fundamentalmente la forma en que se regulan los protocolos de criptomonedas. En Van Loon contra el Departamento del TesoroEl tribunal determinó que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro se excedió en su autoridad cuando sancionó los contratos inteligentes inmutables de Tornado Cash.
El fallo gira en torno a una pregunta engañosamente simple: ¿puede considerarse “propiedad” un código informático que no puede modificarse ni controlarse? La respuesta del tribunal de apelaciones fue un rotundo no.
Tornado Cash es un servicio de anonimización de criptomonedas que ayuda a preservar la privacidad al agrupar los activos digitales de los usuarios, lo que hace que las transacciones sean más difíciles de rastrear. En 2022, la OFAC sancionado después de que piratas informáticos norcoreanos supuestamente lo utilizaran para lavar más de 455 millones de dólares en fondos robados. Pero el tribunal determinó que, dado que los protocolos centrales de Tornado Cash son “inmutables”, lo que significa que nadie puede cambiarlos ni controlarlos, no califican como propiedad que pueda ser sancionada según la ley existente.
Un momento decisivo para las criptomonedas
“Debido a que estos contratos inteligentes inmutables son inmutables e inamovibles, permanecen disponibles para que cualquiera los use”, escribió el juez Don Willett, señalando que incluso bajo sanciones, “los malhechores norcoreanos objetivo en realidad no tienen prohibido recuperar sus activos”.
Esto representa un momento decisivo para la industria de las criptomonedas. Por primera vez, un tribunal federal de apelaciones ha reconocido que ciertos protocolos descentralizados funcionan como algo completamente diferente de las propiedades o negocios tradicionales. Dado que nadie es “dueño” de los protocolos subyacentes al correo electrónico o a la web, estos contratos inteligentes autónomos existen independientemente de cualquier entidad controladora.
Las implicaciones son significativas. El fallo crea efectivamente un puerto seguro para protocolos verdaderamente descentralizados que no pueden modificarse ni controlarse. Si bien la OFAC aún puede sancionar a individuos y empresas, no puede sancionar el código subyacente en sí, al menos según la ley actual.
Equilibrio entre privacidad y seguridad
Sin embargo, el tribunal dejó explícitamente la puerta abierta para que el Congreso actualizara la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) de 1977 para abordar las tecnologías modernas. «Quizás el Congreso actualice la IEEPA, promulgada durante la administración Carter, para apuntar a tecnologías modernas como el software de mezcla de criptomonedas», señala el fallo. «Hasta entonces, sostenemos que los contratos inteligentes inmutables de Tornado Cash… no pueden bloquearse según la IEEPA».
Esto pone de relieve el desafío más amplio de regular las tecnologías que preservan la privacidad y que pueden usarse con fines tanto legítimos como ilegítimos. Como muestra el expediente judicial, Tornado Cash fue utilizado por personas que buscaban proteger su privacidad al realizar donaciones a los esfuerzos de guerra de Ucrania y evitar el acoso. Pero también fue aprovechado por malos actores para el blanqueo de dinero.
La industria de la criptografía todavía tiene trabajo por hacer para prevenir el uso ilícito y al mismo tiempo preservar los derechos de privacidad. Algunos enfoques propuestos incluyen permitir que los usuarios demuestren voluntariamente la legitimidad de sus fondos, o implementar sistemas de “revocación del anonimato” que podrían desenmascarar a los usuarios sólo en circunstancias específicas con la supervisión adecuada.
El camino a seguir
El juez Willett reconoció que las preocupaciones del gobierno sobre el financiamiento ilícito son “innegablemente legítimas”. Pero enfatizó que los tribunales deben aplicar la ley tal como está escrita, no “modificarla”. El fallo concluye:
“Reparar los puntos ciegos de una ley o suavizar sus efectos perturbadores está fuera de nuestro alcance”.
Este enfoque equilibrado (que reconoce tanto la importancia de prevenir la actividad delictiva como la necesidad de proteger la innovación que mejora la privacidad) señala el camino a seguir. En lugar de intentar imponer nuevas tecnologías en viejos marcos regulatorios, los legisladores deben elaborar leyes actualizadas que comprendan la naturaleza única de los sistemas descentralizados y al mismo tiempo aborden preocupaciones legítimas de seguridad.
Sin embargo, por ahora, este fallo representa una victoria para la innovación tecnológica y un reconocimiento de que no todo en la era digital encaja perfectamente en las categorías legales tradicionales de propiedad y propiedad. El desafío que tenemos por delante es construir un marco regulatorio tan sofisticado como la tecnología que pretende gobernar.