En su última propuesta, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha pedido límites operativos más firmes para las empresas de cifrado fuera de la UE que prestan servicios dentro del bloque.
La propuesta presentada por la ESMA tiene como objetivo garantizar que las empresas de cifrado con sede fuera de la UE cumplan con el Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) aprobado el año pasado.
MiCA representa el primer conjunto integral de reglas vigentes para los mercados criptográficos en las principales economías. El marco tiene como objetivo proteger los activos digitales de los consumidores y establecer límites claros en una industria donde las fronteras internacionales han sido difíciles de controlar.
MiCA: cumplimiento whole de las criptomonedas
En su declaración, la ESMA dice: «La guía propuesta confirma el mensaje anterior de la ESMA de que la prestación de servicios de criptoactivos por parte de una empresa de un tercer país está limitada según MiCA a los casos en los que el cliente es el iniciador exclusivo del servicio.
“Esta exención debe entenderse en un marco muy estricto y debe considerarse como una excepción. Una empresa no puede utilizarlo para eludir MiCA”.
De hecho, esto sugiere que los casos en los que un cliente de una criptoempresa fuera de la UE solicita e inicia exclusivamente servicios específicos de dicha empresa, se limitarán a circunstancias excepcionales en las que los intentos de solicitud de una criptoempresa son innegablemente inexistentes.
Por ejemplo, una empresa de cifrado fuera de la UE no podría confiar en la regla de exención para ofrecer servicios posteriores después de haber sido solicitados por un cliente. Una empresa internacional sólo puede ofrecer sus servicios si vuelve a ser solicitada del mismo modo.
Por supuesto, esto puede causar dolores de cabeza a los actores criptográficos internacionales a la hora de desarrollar las infraestructuras de cumplimiento de productos y servicios adecuadas, pero, para la UE, envía un mensaje claro de que MiCA debe tomarse en serio.
ESMA: Protección de las empresas de cifrado que cumplen con MiCA
El propósito de endurecer las reglas de solicitud inversa (donde un cliente inicia un deseo por un producto/servicio) tiene dos propósitos inferidos.
La primera, evidentemente, es garantizar que los inversores con sede en la UE y los proveedores de servicios de criptoactivos que cumplen con MiCA estén activamente protegidos contra «incursiones indebidas» por parte de entidades no pertenecientes a la UE y que no cumplen con MiCA.
Esto garantiza que se mantenga la igualdad de condiciones para las empresas de cifrado que buscan ampliar sus negocios ahora regulados dentro de la UE.
La segunda intención, quizás más discreta, de la declaración de la ESMA es alentar a las empresas de cifrado fuera de la UE a abrir una sucursal o filial en territorio europeo.
Esto no solo simplificaría mucho el cumplimiento para los organismos criptográficos internacionales, sino que también otorgaría acceso a lo que actualmente es el mercado criptográfico regulado más grande del mundo.
Sin embargo, aún está por verse cuántas empresas de criptomonedas deciden participar y expandir sus operaciones a la UE.