Por medio de una comunicación de fecha 22 de noviembre de 2022, la Autoridad de Mercados y Servicios Financieros de Bélgica (FSMA) ha aclarado los casos más comunes en los que los criptoactivos pueden estar dentro del alcance de las reglas del folleto y/o las reglas de conducta de MiFID. La FSMA ha creado un árbol de decisiones que puede ayudar con la clasificación de los criptoactivos como valores, instrumentos de inversión o instrumentos financieros.

Debido a un mayor interés en los criptoactivos en Bélgica, la FSMA ha estado involucrada con frecuencia en debates sobre la caracterización authorized y reglamentaria de los criptoactivos y los servicios relacionados con los criptoactivos.

La FSMA señala en la comunicación que los actores del mercado buscan principalmente claridad sobre cuándo los criptoactivos pueden clasificarse como un valor en el sentido del Reglamento de Folletos de la UE o como un instrumento de inversión en el sentido de la Ley de Folletos de Bélgica (que complementa la Reglamento de Folletos de la UE). Dependiendo de la clasificación de un activo, también se puede aplicar otra legislación, como las reglas de MiFID, las regulaciones de proveedores de servicios de activos virtuales u otras leyes.

program paso a paso

La FSMA ha desarrollado un strategy gradual (accesible aquí). En su approach, la FSMA se centra en las principales cuestiones y situaciones con las que se ha encontrado con mayor frecuencia hasta la fecha. Sin embargo, no aborda todas las posibles clasificaciones. El program es neutral en cuanto a tecnología ya que la FSMA opina que la caracterización como valor, instrumento financiero o instrumento de inversión no depende de la tecnología que se esté utilizando.

Posible caracterización authorized de los criptoactivos

Si existe un emisor de criptoactivos incorporados a instrumentos, son posibles las siguientes caracterizaciones:

  • Caracterización de los criptoactivos como valores: si los criptoactivos son instrumentos transferibles y representan un derecho a participar en las ganancias o pérdidas de un proyecto y potencialmente un derecho de voto, o un derecho al pago de una suma de dinero o equivalente, estos criptoactivos son, como regla, considerados para calificar como valores en el sentido del Reglamento de Folletos de la UE.
  • Caracterización de los criptoactivos como instrumentos financieros: si los criptoactivos son instrumentos transferibles y representan un derecho a participar en las ganancias o pérdidas de un proyecto y potencialmente un derecho de voto, o un derecho al pago de una suma de dinero o equivalente, estos criptoactivos también se califican como financieros instrumentos, de modo que se aplicaran las normas de conducta de MiFID.
  • Caracterización de los criptoactivos como instrumentos de inversión: si los criptoactivos son instrumentos no transferibles y representan un derecho a participar en las ganancias o pérdidas de un proyecto y potencialmente un derecho a voto, o un derecho al pago de una suma de dinero o equivalente, estos criptoactivos se clasifican en principio como instrumentos de inversión en virtud de la Ley de Folletos de Bélgica. Además, si los criptoactivos representan un derecho a la entrega de un servicio o un producto por parte del emisor y tienen un objetivo de inversión, los instrumentos se clasifican, por regla common, como instrumentos de inversión en el sentido de la Ley de Folletos de Bélgica.

Cuando los criptoactivos califican como valores, instrumentos de inversión y/o un instrumento financiero, la FSMA señala que, además del cumplimiento de los requisitos aplicables del Reglamento de Folletos de la UE, la Ley de Folletos de Bélgica y/o las reglas de MiFID, pueden aplicarse leyes adicionales. , como las normas que rigen el abuso de mercado o el crowdfunding.

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